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¿Se puede renunciar a una herencia después de haberla aceptado?

¿Se puede renunciar a una herencia después de haberla aceptado?

En algunas ocasiones, recibir una herencia no es señal de buena noticia. Como sabrás, no solo se reciben bienes, sino que también se asumen las deudas del fallecido.

Esto quiere decir, que una herencia puede representar algunos gastos económicos si la carga es mayor al beneficio que se va a recibir. 

Otra ocasión para rechazar una herencia es porque el heredero no puede asumir los costes por el pago de impuestos de sucesiones. Por tal motivo, en determinadas ocasiones se puede optar por renunciar a una herencia y resguardar tus propios intereses. 

Queremos asesorarte de forma clara para que tengas todo el conocimiento necesario para renunciar a una herencia después de haberla aceptado.

¿Es posible renunciar a una herencia después de aceptarla?

Hay algo que debes entender con claridad: Renunciar a una herencia que ya has aceptado no es posible, ya que es un acto previo e irrevocable. Hasta el momento, solo es posible ceder la parte de la herencia o venderla a otro heredero. Si estás en una situación similar, no dudes en solicitar la asistencia nuestros abogados de herencias en Madrid.

Se entiende por herencia aceptada desde el momento que el heredante fallece y en 9 días hábiles se hace efectivo el testamento o se puede iniciar el proceso de sucesión. Sin embargo, como todo derecho y deber, el heredero puede hacer una solicitud ante el Tribunal Supremo. Aquí puede expresar sus intenciones de renunciar a su herencia.

Existe una jurisprudencia en la que un heredero renuncia a su herencia por ignorancia de la existencia de las deudas en el momento de consentir su herencia. Esto quiere decir que el desconocimiento de una deuda provoca la nulidad de consentimiento al aceptar una herencia.

Procedimientos relativos a la renuncia de herencia

Es importante saber que la renuncia de una herencia es de carácter irrevocable. Es decir, que una vez que renuncias no podrás reclamar tus derechos sobre la herencia en un futuro. 

Por eso, antes de renunciar a una herencia es recomendable consultar con nuestros abogados de Derecho de Familia en Madrid. Esta figura te explicará cuál es la mejor solución en los asuntos de renuncia de herencia.

Algo que debes tener en cuenta es que, si quieres aceptar la herencia, pero no hacerte cargo de las deudas, puedes hacerlo en beneficio de inventario. Esto quiere decir que los bienes del heredante se utilizan para pagar la deuda y lo que queda se reparte entre los herederos

Es importante saber que para tener acceso a los bienes de la herencia se necesita liquidar el impuesto de sucesiones. Este procedimiento se realiza ante la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma del domicilio de la persona fallecida. Es importante saber que se puede pagar el impuesto de sucesiones sin adjudicar herencia.

Una vez que hayas acordado con tu abogado de confianza qué hacer, para renunciar a la herencia recibida necesitas ir ante un notario o por vía judicial. Aquí debes notificar tu deseo de no aceptar la herencia.

¿Existe una fecha límite para esta renuncia?

Se puede renunciar a una herencia en cualquier momento cuando hayan transcurrido 9 días del fallecimiento del heredante. Esto es posible, ya que el Código Civil no establece un plazo para su renuncia. No obstante, el lapso de prescripción de una herencia es de 30 años.

Por otra parte, hay que tener en cuenta el tiempo de los efectos fiscales. Esto quiere decir que si se renuncia después de la prescripción de impuestos, la ley considera que se trata de una donación al resto de los herederos.

No obstante, el Código Civil establece algunos períodos para renunciar a la herencia:

  • No es posible ejercer la renuncia de la herencia antes de los 9 días desde la muerte del heredante.
  • Una vez notificado al notario, esté establecerá un plazo no superior a los 30 días para la aceptación de la misma. Si pasa dicho tiempo y no se recibe una notificación de no aceptación de la herencia, se entiende por aceptada.

¿El proceso es el mismo para todo tipo de herederos?

Sí. Todos los herederos deben hacer la renuncia de su herencia por vía judicial o a través de un notario. Sin importar cuál sea el tipo de heredero, tienen que presentar los siguientes documentos:

  • Documento Nacional de Identidad del heredero.
  • Copia del testamento del fallecido o acta de declaración de herederos.
  • Autorización judicial (en caso de menores de edad)
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de la última voluntad del fallecido.

 

Lo ideal es que tu abogado de confianza recolecte los documentos necesarios para dar inicio al trámite ante la notaría. Se hará cargo de llevar todo el proceso hasta la firma de la escritura de renuncia de la herencia.

¿Se puede renunciar a una herencia si el heredante está vivo?

No es posible renunciar a la herencia de una persona mientras esta no haya fallecido. Así lo establece el artículo 991 del Código Civil: “Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia”. Este artículo se cumple a pesar de que el heredero tenga conocimiento sobre las deudas que recibirá del heredante.

Para preparar la renuncia de la herencia y saber todo lo necesario para hacerlo en los plazos adecuados, te recomendamos contactar con nuestro despacho de abogados en Majadahonda. Debe estar especializado en materia de Herencias y Sucesiones, como nosotros. 

Así tendrás un conocimiento amplio y suficiente que te esclarecerá acerca de las ventajas y desventajas al renunciar a tu herencia luego de haberla aceptado.

 

¿Se puede renunciar a una herencia después de haberla aceptado?

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