La idea de organizar el patrimonio y transmitirlo a los seres queridos antes del fallecimiento es una inquietud habitual. Muchas personas se preguntan si es posible realizar una herencia en vida para ayudar a sus hijos o dejar sus asuntos resueltos. Aunque el término es popular, la realidad legal es algo distinta.
Como abogados expertos en herencias y testamentos en Madrid, sabemos que esta confusión conceptual genera muchas dudas. Por eso, hemos preparado esta guía para explicarte en detalle qué alternativas legales tienes y cómo funcionan realmente.
¿Existe realmente la «herencia en vida»? El concepto legal
La respuesta es categórica: no existe la herencia en vida desde el punto de vista jurídico. El término «herencia» únicamente se aplica a la transmisión de bienes que se produce tras el fallecimiento de una persona (transmisión «mortis causa»).
Lo que popularmente conocemos como herencia en vida son, en realidad, donaciones entre personas vivas (donaciones «inter vivos»). Esta distinción no es meramente técnica, sino que tiene importantes implicaciones legales y fiscales que debes conocer antes de tomar cualquier decisión.
El Código Civil establece claramente que la herencia solo se materializa después de la muerte del causante. Por tanto, cuando hablamos de repartir la herencia en vida, nos referimos a donaciones que anticipan lo que posteriormente formaría parte del caudal hereditario.
Mecanismo válido: donación en vida como «anticipo de herencia»
Las donaciones en vida representan la única vía legal para transmitir bienes de forma gratuita antes del fallecimiento. Esta figura permite dar herencia en vida de manera anticipada, aunque con ciertas limitaciones que analizaremos más adelante.
En definitiva, la donación es el acto por el cual una persona (donante) transfiere gratuitamente un bien o derecho a otra (donatario), quien debe aceptarlo expresamente. En el contexto familiar, estas donaciones funcionan como verdaderos anticipos de la futura herencia. Si estás considerando esta vía, en nuestro despacho de abogados en Majadahonda podemos ayudarte a valorar si es la opción adecuada según tu situación y patrimonio.
Requisitos para donar bienes en vida
Para donar herencia en vida de forma válida, debes cumplir varios requisitos legales:
- Formalización notarial: toda donación debe realizarse mediante escritura pública ante notario. Esta exigencia garantiza la seguridad jurídica y permite el acceso a beneficios fiscales.
- Capacidad legal: tanto el donante como el donatario deben tener capacidad legal para realizar el acto.
- Aceptación expresa: el donatario debe aceptar la donación de forma clara e inequívoca. Sin esta aceptación, la donación carece de validez.
- Liquidación fiscal: debes liquidar los impuestos correspondientes en el plazo establecido por la normativa, como veremos más adelante.
Límites legales: lo que NO puedes hacer al «repartir en vida»
Las donaciones en vida tienen importantes restricciones que debes conocer. El ordenamiento jurídico protege los derechos de los herederos forzosos (hijos, padres y cónyuge, según el caso), lo que limita tu libertad para disponer del patrimonio.
Respeto a la legítima
El límite más relevante es la legítima. La ley reserva una porción de la herencia para los herederos forzosos, que es intocable. Si te preguntas qué es la legítima de una herencia, es esa parte de los bienes de la que el testador no puede disponer libremente porque la ley la ha reservado a determinados herederos. Cualquier donación que perjudique esta cuota se considera «inoficiosa» y los herederos perjudicados podrán reclamar su parte en el futuro.
Por lo tanto, no es una vía válida donar en vida para desheredar a un hijo, salvo que concurra una causa legal de desheredación muy específica y demostrable.
La colación: qué significa para los herederos
Otro concepto relevante es la colación hereditaria. Salvo que el donante indique expresamente lo contrario, se entiende que todo lo recibido por un heredero forzoso en vida es un anticipo de su herencia. En el momento del fallecimiento, el valor de esos bienes donados se «suma» al resto de la masa hereditaria para calcular las cuotas de cada heredero y garantizar un reparto equitativo. Si un hijo recibió una donación, se le descontará de su parte final.
Aspectos fiscales de la donación en vida
Al dejar herencia en vida a través de una donación, surgen obligaciones fiscales que no se deben obviar. La persona que recibe la donación (el donatario) está obligada a liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en su modalidad de donaciones. La cuantía a pagar depende de varios factores: el valor de lo donado, el grado de parentesco y la comunidad autónoma donde se tribute, ya que existen importantes diferencias en las bonificaciones y tipos impositivos.
Para planificar una sucesión de forma ordenada y fiscalmente eficiente, es aconsejable contar con un asesoramiento profesional. Como abogados especialistas en familia en Madrid, te ayudamos a valorar las distintas alternativas legales (ya sea mediante donación en vida o testamento) para que puedas tomar decisiones informadas, seguras y acordes a tu voluntad.
En resumen, aunque la ley no contempla la figura de la herencia en vida como tal, la donación es una herramienta eficaz que permite transmitir el patrimonio. No obstante, es un proceso que exige respetar la legítima, entender la colación y gestionar correctamente los impuestos. En Cervera Peláez Abogados te ofrecemos asesoramiento profesional para que puedas planificar con seguridad la transmisión de tu patrimonio.
Referencias:
- Conceptosjurídicos.com. (s.f.). Donación en vida. https:// conceptosjuridicos.com/donacion-en-vida/
- García López, E. (2025, julio 3). Heredar sin sobresaltos: las claves para repartir los bienes y evitar guerras familiares que terminen en los tribunales. Infobae España. https:// infobae.com/espana/2025/07/03/heredar-sin-sobresaltos-las-claves-para-repartir-los-bienes-y-evitar-guerras-familiares-que-terminen-en-los-tribunales/
- Sicre, L. (2024, noviembre 16). La herencia en vida, ¿qué es, cómo se hace y cómo se reparte? Idealista. https:// idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2024/11/16/820604-la-herencia-en-vida-que-es-como-se-hace-y-como-se-reparte