Fallecimiento de heredero sin aceptar herencia: ¿qué significa exactamente el derecho de transmisión?
En términos simples: si el heredero (A) fallece sin pronunciarse, sus herederos (B) “reciben” el derecho a aceptar o repudiar la herencia del primer causante. No hay dos herencias idénticas que se acumulen automáticamente; lo que se transmite es la facultad de decidir sobre la herencia originaria. En nuestra experiencia, esto suele sorprender a muchas familias: “¿entonces yo puedo aceptar la herencia del abuelo aunque mi padre murió sin firmar?” Sí, como heredero transmisario podrás aceptar o renunciar a esa primera herencia, y a la vez gestionar (si procede) la herencia del propio transmitente. Lo clave: no es un automatismo, hay que tramitarlo con orden para evitar costes y retrasos.Diferencias con el derecho de representación (evita confusiones)
En sucesión intestada opera el derecho de representación cuando un descendiente premuere al causante; no debe confundirse con el derecho de transmisión del que hablamos aquí. En el derecho de transmisión el heredero llegó a tener la facultad de aceptar (se abrió la sucesión), pero falleció sin aceptar ni repudiar. En la práctica, nos encontramos a menudo consultas que mezclan ambas figuras; un buen diagnóstico ahorra trámites innecesarios y tensiones entre primos o hermanos.Pasos prácticos y documentos si hay un fallecimiento del heredero sin aceptar la herencia (guía rápida)
Nuestra hoja de ruta —la que aplicamos a diario— es esta:- Certificados y testamento. Reúne certificado de defunción y de últimas voluntades de ambos fallecidos (causante y transmitente). Si hay dudas sobre el contenido del testamento, aquí te explicamos como ver un testamento paso a paso.
- Comprobar llamamientos. Verifica quiénes son los herederos llamados en cada herencia y si hay sustituciones, legados o condiciones.
- Inventario y valoración. Activos (cuentas, inmuebles, vehículos, participaciones), pasivos (hipotecas, préstamos, gastos de última enfermedad). En nuestro despacho solemos preparar un inventario claro con escenarios fiscales para que la familia decida informada.
- Decisión: aceptar o repudiar. Como transmisarios podéis aceptar (pura y simplemente o a beneficio de inventario) o renunciar. La decisión debe coordinarse entre todos los interesados. Si hay pasivos relevantes, estudia la aceptación a beneficio de inventario para limitar la responsabilidad a los bienes heredados
- Notaría y documentos. Preparar escrituras de aceptación/partición y, si se decide, la partición de herencia con adjudicaciones. Cuando hay herederos viviendo fuera, solemos organizar poderes notariales y videollamadas para agilizar.
- Bancos y registros. Con la escritura y autoliquidaciones, gestionamos desbloqueos de cuentas y cambios de titularidad. Si es tu primera vez, revisa nuestra guía sobre cómo tramitar una herencia.
Fiscalidad: ¿cuándo se devenga el impuesto y cómo se paga?
En España, el impuesto de sucesiones (ISD) se devenga por la adquisición hereditaria. En los supuestos de transmisión, la doctrina y la jurisprudencia recientes han consolidado dos ideas muy prácticas para el particular:- Una sola adquisición hereditaria. Los herederos transmisarios adquieren directamente del primer causante a efectos civiles y fiscales, evitando “dobles devengos” por la misma masa.
- El cómputo de plazos y el famoso dies a quo para la autoliquidación se vinculan al fallecimiento del heredero transmitente (el que murió sin aceptar), lo que da margen real de organización cuando el primer causante falleció mucho antes.
- Revisar bonificaciones y reducciones aplicables (grupo de parentesco, vivienda habitual, empresa familiar).
- Calcular el impacto de aceptar a beneficio de inventario si existen deudas relevantes.
- Planificar ingresos y costes para evitar recargos por presentación fuera de plazo.
Renuncias, conflictos y cómo evitarlos
Los transmisarios pueden renunciar a la herencia del primer causante (y/o a la del transmitente). Aquí es donde más conflictos vemos entre hermanos y sobrinos. Como abogados de Familia en Madrid, solemos blindar acuerdos por escrito antes de firmar: quién asume deudas, quién se adjudica el inmueble y cómo se compensa. En casos tensos proponemos tasaciones imparciales y calendarios de venta para que nadie sienta que “pierde”. Si la renuncia está encima de la mesa, explicamos con claridad sus efectos fiscales y la diferencia entre renunciar pura y simplemente o a favor de alguien.Errores frecuentes que encarecen la sucesión
- Confundir representación y transmisión. Conduce a trámites duplicados y a veces a autoliquidaciones erróneas.
- No inventariar pasivos. Aceptar sin medir deudas puede arrastrar problemas. En el despacho, ante dudas, recomendamos beneficio de inventario.
- Firmar sin coordinar herencias. Gestionamos ambos expedientes (causante y transmitente) en paralelo para no bloquear pagos ni asientos registrales.
- Dejar los bancos para el final. Es mejor hablar con tu entidad pronto: justificantes, saldos a fecha de fallecimiento y requisitos internos.
- No documentar acuerdos familiares. El “ya nos apañamos” suele terminar en disputa. Un documento claro ahorra años de desgaste.
Ejemplos sencillos para entenderlo mejor
- Caso A (típico): fallece la abuela. Su hijo (heredero) muere meses después sin aceptar. Los nietos (transmisarios) deciden aceptar la herencia de la abuela directamente y adjudicarse la vivienda. Coordinamos escrituras y plazos del ISD tomando como referencia el fallecimiento del padre.
- Caso B (deudas): mismo escenario, pero con préstamos pendientes. Orientamos a los nietos a aceptar a beneficio de inventario, saldar deudas con liquidez de la herencia y adjudicar después con seguridad.
- Caso C (renuncia coordinada): un transmisario vive fuera y prefiere renunciar. Pactamos compensaciones entre hermanos y dejamos constancia en escritura para evitar litigios.
¿Cuándo conviene pedir ayuda profesional?
Cuando hay varios fallecimientos encadenados, inmuebles con cargas o herederos en distintas ciudades/países, la curva de aprendizaje se vuelve cara. Si te suena tu caso, pídenos una revisión. Somos abogados expertos en herencias y testamentos en Madrid y nuestro trabajo diario es transformar en pasos claros lo que a primera vista parece un laberinto.Resuelve todas tus dudas sonres los trámites de herencia son abogados expertos en herencias en Majadahonda (Madrid)
El derecho de transmisión si hay un fallecimiento del heredero sin aceptar la herencia, permite a los herederos del transmitente decidir sobre la herencia del primer causante. Si ordenas documentación, decisiones y plazos fiscales, el proceso es manejable. Si necesitas un acompañamiento de principio a fin, estamos en Majadahonda (Madrid) para ayudarte a evitar conflictos y cerrar acuerdos ventajosos. Referencias:- Código Civil (art. 1006 y ss.) – Boletín Oficial del Estado (BOE) – https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1006 BOE
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (información y modelos) – Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) – https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/impuesto-sobre-sucesiones-donaciones.html sede.agenciatributaria.gob.es
- Certificado de Actos de Última Voluntad (trámite) – Ministerio de Justicia (Sede electrónica) – https://sede.mjusticia.gob.es/en/tramites/certificado-actos-ultima





