¿Puede una persona con alzhéimer aceptar una herencia​?

La aceptación de herencia por una persona con alzhéimer genera muchas dudas legales que requieren asesoramiento especializado. Efectivamente, una persona diagnosticada con esta enfermedad tiene derecho a aceptar una herencia, aunque la viabilidad dependerá de su capacidad cognitiva en el momento específico del acto y de las medidas de apoyo establecidas según la Ley 8/2021. 

Como abogados expertos en herencias y testamentos en Madrid, conocemos todos los matices legales que rodean estas situaciones complejas. En esta guía, te explicamos todos los escenarios posibles y los pasos necesarios para garantizar una aceptación válida y protegida en estas condiciones.

¿Cuándo puede aceptar una herencia una persona con alzhéimer?

La Ley 8/2021 supuso un cambio de paradigma, eliminando la incapacitación judicial y centrándose en establecer medidas de apoyo para que la persona con discapacidad ejerza sus derechos. Por tanto, el diagnóstico de alzhéimer no anula automáticamente la posibilidad de aceptar una herencia. Existen dos escenarios principales en los que sí es viable.

Etapas iniciales con capacidad natural suficiente

Durante las fases tempranas del alzhéimer, muchas personas conservan la capacidad necesaria para comprender la naturaleza y consecuencias de aceptar una herencia. El notario encargado del procedimiento evaluará si la persona comprende claramente lo que está firmando. En estos casos, la aceptación de herencia por persona incapaz no aplica, ya que mantiene su capacidad legal intacta.

Para reforzar la validez del acto, el notario podría solicitar un certificado médico que acredite el estado cognitivo favorable en ese momento concreto. La clave radica en demostrar que, pese al diagnóstico, la persona entiende perfectamente las implicaciones patrimoniales de su decisión.

Curatela representativa con autorización judicial

Cuando la enfermedad progresa y la persona ya no logra decidir por sí misma, el juez puede haber nombrado un curador con facultades representativas. El curador asume la firma en actos jurídicos relevantes, pero necesita autorización judicial si pretende renunciar a la herencia o aceptarla sin beneficio de inventario, ya que esa decisión implicaría responder con el patrimonio personal del heredero. 

Si te encuentras en este escenario, conviene conocer qué es la aceptación de herencia a beneficio de inventario, pues se trata de la alternativa más segura que permite limitar responsabilidades y responder únicamente con los bienes heredados. 

En este caso, el curador no precisa autorización previa, aunque la partición posterior requerirá aprobación judicial. Aun así, el procedimiento ofrece mayores garantías para la persona protegida al limitar su responsabilidad únicamente a los bienes heredados.

¿Cuándo NO puede aceptar una herencia?

Existen circunstancias específicas donde la aceptación resulta legalmente imposible o altamente desaconsejable. La protección de la persona con alzhéimer prevalece sobre cualquier consideración patrimonial, estableciendo límites claros a fin de evitar perjuicios económicos.

Alzhéimer avanzado sin medidas de apoyo

La situación más problemática surge cuando la enfermedad ha progresado notablemente, pero no se han establecido medidas de apoyo judiciales. En estos casos, la persona carece tanto de capacidad natural como de representante legal designado. La herencia queda en una situación de limbo jurídico que requiere actuación urgente.

La diferencia entre aceptación y adjudicación de una herencia cobra especial relevancia aquí, ya que sin capacidad legal válida, ninguno de estos actos procesales se puede completar adecuadamente. Los familiares deben iniciar inmediatamente el procedimiento de medidas de apoyo para evitar la pérdida de derechos hereditarios.

Evaluación notarial negativa de capacidad

El notario es el último filtro para garantizar la validez del acto. Si tras entrevistarse con el heredero, el notario considera que la persona no posee la capacidad natural suficiente para entender las implicaciones de la aceptación, se negará a autorizar la escritura pública. Su juicio profesional es determinante y busca proteger al otorgante de posibles perjuicios o abusos, asegurando la total legalidad del proceso.

Pasos para aceptar herencia con alzhéimer

El procedimiento requiere una planificación cuidadosa y el seguimiento de protocolos específicos. La asesoría legal especializada te ayuda a cumplir con todos los requisitos y minimiza los riesgos patrimoniales inherentes a estas situaciones. 

Como abogados especialistas en familia en Madrid, conocemos en detalle la normativa sobre herencias y medidas de apoyo. Nuestro trabajo se centra en acompañarte en cada decisión, asegurando que los intereses de las personas vulnerables y de sus familias queden siempre protegidos.

1. Evaluar capacidad y reunir documentación

El primer paso consiste en obtener una evaluación médica actualizada que certifique el estado cognitivo actual de la persona. Esta documentación médica debe ser específica y detallada, indicando claramente si mantiene capacidad para comprender actos jurídicos patrimoniales.

Simultáneamente, hay que recopilar toda la documentación hereditaria necesaria: 

  • Certificado de defunción del causante.
  • Testamento (si existe).
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Documentación que acredite los bienes y deudas de la herencia. 

2. Formalizar la aceptación con garantías legales

Con toda la documentación preparada, el camino a seguir dependerá del estado de la persona:

  1. Si tiene capacidad suficiente: se acudirá a la notaría elegida para que el heredero, tras la evaluación del notario, firme la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia.
  2. Si necesita apoyo (curatela): el curador representará al heredero siguiendo este procedimiento:
    • Para aceptación pura y simple: primero debe obtener autorización judicial previa. Una vez concedida, el curador firma la escritura notarial en nombre del heredero.
    • Para aceptación a beneficio de inventario: no requiere autorización previa, permitiendo que el curador proceda directamente a la firma de la escritura notarial.
    • En ambos casos: una vez formalizada la aceptación, la posterior partición de los bienes hereditarios requerirá aprobación judicial para garantizar la protección completa de los intereses de la persona con medidas de apoyo.

La complejidad de estos procedimientos y la importancia de cumplir todos los requisitos legales hacen imprescindible contar con asesoramiento jurídico especializado. Nuestro equipo de abogados en Majadahonda te acompaña paso a paso en todo el proceso. Desde la evaluación inicial hasta la aprobación judicial final, garantizamos la protección adecuada de los derechos de tu familiar. Así evitamos errores que podrían comprometer la validez de la herencia.

Resumen sobre aceptación de herencia por persona con alzhéimer:

  • La capacidad se evalúa en el momento específico del acto, no por el diagnóstico general.
  • La Ley 8/2021 prioriza las medidas de apoyo personalizadas sobre la incapacitación total.
  • La autorización judicial previa es obligatoria para curadores representativos.
  • El beneficio de inventario ofrece protección adicional contra deudas hereditarias.

Documentación imprescindible:

  • Certificado médico actualizado sobre capacidad cognitiva.
  • Inventario completo de bienes y deudas hereditarias.
  • Documentación que acredite las medidas de apoyo existentes.
  • Autorización judicial cuando sea preceptiva.

Como hemos visto, una persona con alzhéimer puede aceptar una herencia, aunque el procedimiento dependerá de su capacidad cognitiva y de las medidas de apoyo establecidas. La normativa vigente ofrece diferentes alternativas para proteger tanto los derechos hereditarios como el patrimonio de la persona afectada. 

En Cervera Peláez Abogados comprendemos la delicadeza de estas situaciones familiares y patrimoniales. Te ofrecemos asesoramiento especializado para evaluar cada caso particular y acompañarte en todos los trámites necesarios. Contacta con nosotros para resolver tus dudas y garantizar que el proceso se desarrolle con plenas garantías legales.

Referencias:

  • De Verda y Beamonte, J. R. (2024, diciembre 5). La curatela representativa. Instituto de Derecho Iberoamericano. https:// idibe.org/tribuna/la-curatela-representativa/
  • Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. (2021). Boletín Oficial del Estado, 132, 67789-67856. https://www.boe.es/eli/es/l/2021/06/02/8
  • Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (texto consolidado actualizado al 3 de enero de 2025). (2025). Boletín Oficial del Estado. (Arts. 996, 1003, 1005). https://www.boe.es/buscar/pdf/1889/BOE-A-1889-4763-consolidado.pdf
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Luis Cervera