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Guía sobre el Impuesto de Herencia o Sucesiones en Andalucía

El Impuesto de Sucesiones en Andalucía es un tributo que grava las transmisiones de bienes y derechos por herencia, legado o donación. En este caso de esta Comunidad Autónoma, la gestión de este impuesto se rige por la normativa establecida en su propia jurisdicción

Aunque en líneas generales, el proceso para heredar presenta pasos iguales o muy similares, también hay tasas y regulaciones pueden diferir de otras regiones de España. En esta guía, desglosaremos todos los aspectos esenciales para que puedas entenderlo a fondo, buscar asesoría adecuada y tomar decisiones más acertadas.

En Cervera Peláez somos abogados expertos en herencias y testamentos. Como tal, vamos a darte la orientación necesaria para que sepas que tienes que hacer si has heredado o recibido en vida un bien.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones en Andalucía?

Andalucía es una de las Comunidades Autónomas en las que prácticamente se ha suprimido la totalidad del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los parientes más cercanos. Esto representa un importante alivio para aquellos que deben afrontar esta obligación fiscal. 

La tarifa y las exenciones varían en función de la relación entre el fallecido y el heredero, así como del valor de la herencia. Para comprender mejor el marco del impuesto de sucesiones, te mostramos algunos conceptos:

  • Las tarifas varían según la base imponible, es decir, el valor de la herencia. A medida que aumenta el valor, aumenta el porcentaje aplicado sobre este. En esta Comunidad Autónoma, estas tarifas oscilan entre el 7.65 y el 36.5%.
  • Las relaciones familiares juegan un papel fundamental en la tributación. Los cónyuges y los descendientes directos (hijos y nietos) disfrutarán de tarifas más bajas que otros herederos, como hermanos o sobrinos.
  • Existen ciertas exenciones y bonificaciones que reducen la carga fiscal. Las detallaremos en secciones posteriores.

Aspectos clave del Impuesto de Sucesiones

Como has podido ver, este es un tributo que presenta una leve complejidad. Comprenderlo adecuadamente es esencial para evitar sorpresas desagradables al recibir una herencia o al planificar la sucesión de tus bienes. 

Como despacho de abogados familiarizado con esta cuestión, en las siguientes líneas verás algunos aspectos de forma más específica.  

Base imponible

Como en las demás CCAA, la base imponible del Impuesto de Sucesiones se calcula en función del valor de la herencia recibida. Este valor se determina mediante una valoración de los bienes y derechos heredados. Pueden ser inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones y otros activos. 

Es importante destacar que la tasación se realiza a precios de mercado. Esto significa que puede haber diferencias sustanciales entre el valor fiscal y el valor real de los activos.

Tarifas

Una vez que se ha calculado la base imponible, se aplican las tarifas correspondientes para determinar la cantidad del impuesto. 

Las tarifas varían según la cantidad heredada y la relación entre el fallecido y el heredero. Como ya hemos dicho, los cónyuges y descendientes directos suelen beneficiarse de tarifas más bajas. Otros herederos, como hermanos o sobrinos, pueden estar sujetos a tarifas más altas. 

Un abogado de Familia como cualquiera de los que componen nuestro bufete te ayudará a esclarecer cualquier duda que tengas con respecto a este término.

Exenciones y bonificaciones

Una de las partes más importantes es aprovechar las exenciones y bonificaciones disponibles. Estas pueden reducir significativamente la carga fiscal.

Estas son algunas exenciones:

  • Vivienda habitual:
    La Comunidad Autónoma de Andalucía ha mejorado la reducción estatal basada en el valor real neto de la vivienda habitual en la base imponible de cada sujeto:
    • Hasta 123.000 €: Porcentaje de reducción del 100%.
    • Desde 123.000,01 hasta 152.000 €: 99%.
    • Desde 152.000,01 hasta 182.000 €: 98%.
    • Desde 182.000,01 hasta 212.000 €: 97%.
    • Desde 212.000,01 hasta 242.000 €: 96%.
    • Más de 242.000 €: 95%.
  • El porcentaje de reducción varía en función del valor real neto del inmueble transmitido.
  • Empresas familiares: Existen exenciones especiales para la transmisión de empresas familiares. Esto puede ser de gran interés para aquellos que heredan negocios familiares.

Estas son algunas bonificaciones:

  • Personas con discapacidad:
    • Para los parientes del Grupo I y II, se aplica una reducción de hasta 1.000.000 euros cuando la discapacidad sea igual o superior al 33%.
    • En el caso de los parientes del Grupo III y IV, se aplica una reducción de hasta 250.000 euros, si su patrimonio preexistente es igual o inferior a 1.000.000 €.
  • Jóvenes herederos: En casos de herederos jóvenes, la tarifa se reduce, lo que puede ser de gran ayuda para los estudiantes y jóvenes profesionales.
  • Zonas rurales: En ciertas zonas rurales se aplican bonificaciones para fomentar la permanencia y el desarrollo de estas áreas.

Requisitos para la aplicación de reducciones

Con el objetivo de proteger las adquisiciones por herencia o donación a favor del cónyuge y parientes directos, se han implementado los siguientes beneficios:

Reducción autonómica para cónyuge y parientes directos de hasta 1.000.000 euros

En Andalucía, se ha elevado el límite exento para las adquisiciones por herencia a 1.000.000 €, lo que ha sido un clamor social durante mucho tiempo. Esta modificación ha evitado situaciones injustas que anteriormente llevaban a la renuncia de herencias y a problemas económicos para las familias. 

En la actualidad, solo alrededor del 4% de las herencias están sujetas al pago de este impuesto, gracias a este aumento en el límite.

  1. El beneficiario de la herencia debe pertenecer a los siguientes grupos de parentesco:
    • Grupo I: Descendientes o adoptados menores de 21 años. En esta categoría se incluyen también las personas bajo acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
    • Grupo II: Descendientes o adoptados de 21 años o más. Aquí también se equiparan las personas bajo acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
    • Cónyuge o pareja de hecho registrada en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.
    • Ascendientes (padres, abuelos y demás ascendientes).
    • Adoptantes, que se equiparan a las personas que realizan un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción.
  2. El patrimonio preexistente del heredero o legatario no debe superar 1.000.000 euros.

En adquisiciones por herencia o donación

En Andalucía, se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del impuesto, tanto en sucesiones hereditarias como en donaciones. Esta medida beneficia a las personas incluidas en los Grupos I y II mencionados anteriormente.

Permite a los padres o ascendientes transferir bienes a sus hijos o descendientes sin que el impuesto represente un obstáculo. De este modo, se facilita que los hijos o descendientes afronten sus dificultades económicas durante la vida de los padres.

Reducción para explotaciones agrarias

Se ha establecido una reducción del 99% en la base imponible.

Requisitos para la aplicación de esta reducción:

  • El difunto debe haber ejercido la actividad agraria de forma habitual, personal y directa en la fecha del fallecimiento.
  • El negocio adquirido debe mantenerse en Andalucía durante 5 años después del fallecimiento.

Ejemplos del cálculo del impuesto

Veamos algunos ejemplos sencillos de cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones en Andalucía. Ten en cuenta que estos ejemplos son ilustrativos y pueden variar según la situación específica de cada heredero.

Ejemplo 1: Cónyuge e hijos

Imaginemos que un cónyuge y dos hijos heredan un patrimonio valorado en 300.000 euros. En este caso, los primeros 250.000 euros estarían exentos de impuestos debido a la exención para cónyuges y descendientes directos. Se aplicaría solo a los 50.000 euros restantes a una tarifa reducida.

Ejemplo 2: Sobrinos

Ahora supongamos que dos sobrinos heredan un patrimonio de 150.000 euros. En este caso, no se beneficiarían de la exención para cónyuges y descendientes directos. Las tarifas se aplicarían a la totalidad del patrimonio, lo que resultaría en un gravamen más alto en comparación con el ejemplo anterior.

¿Se puede desheredar a un hijo en Andalucía?

La capacidad de desheredar a un hijo en Andalucía y en España en general está sujeta a regulaciones legales estrictas. 

La legítima, que es la parte de la herencia a la que un hijo tiene derecho por ley, no puede ser eliminada por completo. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales que pueden llevar a la desheredación. Por ejemplo, la falta de vínculo entre el heredero y el fallecido o acciones graves por parte del heredero hacia el fallecido.

La desheredación debe llevarse a cabo mediante una disposición testamentaria específica y debe cumplir con los requisitos legales. Para abordar el tema de si se puede desheredar a un hijo en Andalucía con éxito, es fundamental contar con la asesoría de un abogado experto en herencias.

¿Puede un tío desheredar a un sobrino?

Igualmente, la posibilidad de desheredar a un sobrino en Andalucía y en España también está sujeta a regulaciones estrictas. Los sobrinos no tienen derechos legales a la herencia de sus tíos a menos que sean designados como herederos en un testamento. 

Si necesitas saber si puede un tío desheredar a un sobrino, te explicamos que esto debe hacerse mediante una disposición testamentaria específica y cumplir con los requisitos legales

Recomendaciones para gestionar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Gestionar el impuesto de la herencia puede ser un proceso desafiante y confuso. No obstante, hay algunas recomendaciones clave que pueden ayudarte a abordar este tema con éxito:

Conoce tus derechos

Asegúrate de conocer tus derechos y las exenciones aplicables en tu situación específica. Esto te permitirá tomar mejores decisiones y evitar pagar más impuestos de lo necesario.

Mantén registros detallados

Llevar un registro detallado de todos los activos y bienes heredados es esencial para una gestión eficaz. Esto ayudará a calcular la base imponible de manera precisa.

Solicita asesoría profesional

Cuando se trata de situaciones complejas o herencias significativas, es recomendable contar con la asesoría de un abogado con experiencia en asuntos de herencia en Andalucía.

Aprovecha las bonificaciones

Si eres elegible para bonificaciones, asegúrate de solicitarlas. Esto puede resultar en ahorros significativos.

Ventajas del Impuesto de Sucesiones en Andalucía

A pesar de la percepción a menudo negativa, existen algunas ventajas que debes tener en cuenta:

  • El impuesto puede ayudar a evitar que los bienes familiares se dispersen o sean vendidos apresuradamente.
  • Las bonificaciones en zonas rurales pueden promover el desarrollo y la permanencia en áreas menos urbanizadas.
  • Las exenciones para la transmisión de empresas familiares fomentan la continuidad de estos negocios.

No olvides que gestionar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía puede ser un proceso complejo. No obstante, con el conocimiento y el apoyo legal adecuado, puedes asegurarte de que tus asuntos hereditarios se manejen de manera eficiente y conforme a la ley.

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