El impuesto de sucesiones en La Rioja, o impuesto de herencia en La Rioja, se aplica a los incrementos patrimoniales obtenidos de forma gratuita por personas físicas. Si has recibido una herencia o donación en esta comunidad autónoma, es esencial que conozcas cuáles son los tributos vigentes que debes afrontar, así como las bonificaciones y reducciones que ofrece esta comunidad autónoma.
Como abogados expertos en herencias y testamentos hemos elaborado esta guía, con el objetivo de que conozcas todos los detalles de este gravamen y las principales ventajas fiscales que puedes aprovechar si heredas en La Rioja.
¿En qué consiste el impuesto de sucesiones en La Rioja?
El impuesto de sucesiones en La Rioja es un tributo que tiene como objetivo gravar las herencias, legados, donaciones y seguros de vida que no están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es importante señalar que este impuesto tiene en cuenta las circunstancias personales del sujeto pasivo, como el grado de parentesco con el fallecido o donante, así como su patrimonio preexistente.
Si bien este impuesto es de carácter estatal, está cedido a las comunidades autónomas, que pueden regular sus propias normas y beneficios fiscales. En este sentido, La Rioja es una de las comunidades autónomas más favorables para los herederos, ya que ofrece importantes bonificaciones y reducciones en el impuesto de sucesiones.
Por la complejidad de este gravamen y las particularidades de cada ámbito regional, es fundamental que cuentes con el asesoramiento de un despacho de abogados especializados a fin de evitar futuros problemas legales.
¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto de sucesiones en La Rioja?
El impuesto de sucesiones se aplica a personas físicas que hayan adquirido un incremento patrimonial a título gratuito. Pueden ser herederos, legatarios, donatarios o beneficiarios de seguros de vida no sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es importante tener en cuenta que el impuesto también se aplicará a las donaciones recibidas.
Circunstancias personales que influyen en la tributación
La tributación en el impuesto de sucesiones en La Rioja también depende de las circunstancias personales del sujeto pasivo, es decir, de quien recibe la herencia o donación. Entre estas circunstancias se encuentra:
- El grado de parentesco con el fallecido o donante: cuanto más cercano sea el parentesco, mayores serán las bonificaciones o exenciones aplicables. Existen diferentes tarifas impositivas en función de esta relación familiar.
- El patrimonio preexistente del sujeto pasivo: a mayor patrimonio, mayor será la base imponible del impuesto de sucesiones. Es importante tener en cuenta que hay diferentes tramos y porcentajes aplicables en función del valor del patrimonio.
Asimismo, es necesario tener en cuenta otras variables, como la residencia habitual del sujeto pasivo en La Rioja y la normativa específica vigente en la comunidad autónoma.
¿Cuál es la base imponible del impuesto de sucesiones en La Rioja?
La base imponible del impuesto de herencia en La Rioja es el valor de los bienes y derechos que se reciben por herencia. Para calcular el valor de los bienes y derechos, se tienen en cuenta los siguientes factores:
El valor de mercado de los bienes y derechos
El valor de mercado de los bienes y derechos se puede calcular de diferentes maneras, pero es importante utilizar un método fiable a fin de obtener un valor correcto, por ejemplo:
- Para bienes inmuebles, el valor de mercado se puede calcular utilizando el valor catastral del bien o el valor de mercado de bienes inmuebles similares en la zona.
- Para el caso de los bienes muebles, el valor de mercado se puede calcular utilizando el precio de venta de bienes similares en el mercado.
Las deudas y cargas que gravan los bienes y derechos
Las deudas y cargas que se pueden deducir son las que la persona fallecida tenía con terceros en el momento de su fallecimiento y estén debidamente documentadas. Si se trata de deudas, se debe aportar la documentación que acredite la deuda, como por ejemplo, el contrato de préstamo o el recibo de la última cuota. En el caso de las cargas, se debe aportar la documentación que acredite la carga, como es la escritura de hipoteca.
Las bonificaciones y exenciones que correspondan
Las bonificaciones y exenciones en el impuesto de sucesiones pueden reducir significativamente la cantidad de impuesto a pagar. Es importante conocer las bonificaciones y exenciones que se aplican en La Rioja para poder aprovecharlas al máximo.
Exenciones y bonificaciones en el impuesto de sucesiones en La Rioja
El Gobierno de La Rioja ha aprobado una medida significativa en relación con el impuesto de sucesiones, la cual establece la eliminación del pago de este impuesto entre padres e hijos y cónyuges. Esta exención se aplica de manera general, beneficiando directamente a estas categorías de familiares cercanos. Con esta medida, se busca facilitar la transmisión del patrimonio familiar sin la carga de un impuesto elevado, promoviendo así una mayor equidad en la tributación.
Sin embargo, existen casos familiares en que se pueden aplicar distintas variantes, desde un caso de partición de herencia entre hermanos hasta uno de partición entre cónyuge e hijos.
Límites y requisitos para acceder a las bonificaciones
Además de la eliminación del impuesto entre padres e hijos y cónyuges, existen también bonificaciones en el impuesto de sucesiones en La Rioja, las cuales se aplican bajo ciertos límites y requisitos establecidos. Estas bonificaciones permiten reducir la base imponible y, por lo tanto, el importe a pagar por el sujeto pasivo.
Es importante señalar que la bonificación del 99% está limitada a bases liquidables inferiores a 400.000 euros durante los últimos tres años. Esto implica que si el patrimonio heredado o donado supera esta cantidad, se aplicará la tributación correspondiente al porcentaje no bonificado. Asimismo, se deben cumplir los criterios establecidos por la legislación vigente, como el grado de parentesco con el fallecido o donante y el patrimonio preexistente del sujeto pasivo.
Asimismo, estas bonificaciones y exenciones no tienen carácter retroactivo, por lo que solo se aplicarán a las sucesiones y donaciones realizadas a partir del 29 de diciembre de 2022, fecha en la que el impuesto de sucesiones entró en vigor en La Rioja.
Requisitos para acceder a las bonificaciones
Si quieres beneficiarte de las bonificaciones del impuesto de sucesiones en La Rioja, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser residente en España, o en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Presentar y pagar el impuesto de sucesiones dentro del plazo establecido, que es de seis meses desde el fallecimiento del causante, prorrogables a un año si se solicita antes de que transcurran los primeros cinco meses.
- Aceptar y adjudicarse la herencia mediante escritura pública o acta de notoriedad.
Cómo presentar el impuesto de sucesiones en La Rioja
Cumplir con las obligaciones tributarias del impuesto de sucesiones en La Rioja, implica seguir un procedimiento establecido por la administración fiscal. A continuación, se detallarán los modelos y la documentación requerida, así como las oficinas y servicios disponibles para realizar la presentación de este impuesto.
Modelos y documentación requerida
La presentación del impuesto de sucesiones en La Rioja requiere el uso de los modelos proporcionados por la administración fiscal, los cuales varían según si se trata de sucesiones o donaciones. Estos deben ser debidamente cumplimentados y adjuntar la documentación necesaria.
En caso de sucesiones, es necesario presentar el modelo 660, que incluye información sobre el fallecido, los herederos y los bienes sujetos a gravamen. Además, se debe acompañar de la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la titularidad y valores de los bienes.
- Escritura de aceptación de herencia o documento equivalente.
- Certificado de defunción.
- Documento acreditativo del parentesco entre el fallecido y los herederos.
- Justificante de pago de impuestos autonómicos.
En el caso de donaciones, se utiliza el modelo 650, que recoge información sobre el donante, el donatario y los bienes objeto de donación. La documentación requerida incluye:
- Documento acreditativo de la titularidad y valores de los bienes.
- Escritura de donación o documento equivalente.
- Certificado del registro de la propiedad en el caso de bienes inmuebles.
- Documento acreditativo del parentesco entre el donante y el donatario.
- Justificante de pago de impuestos autonómicos.
Oficinas y servicios disponibles para realizar la presentación
La presentación del impuesto de sucesiones en La Rioja debe realizarse en las oficinas competentes de la comunidad autónoma. Se recomienda contactar con la administración fiscal si quieres obtener información específica sobre la ubicación de dichas oficinas y los horarios de atención al público.
Además, es importante destacar que existen servicios disponibles para realizar la presentación de manera electrónica a través de la sede electrónica de la administración tributaria de La Rioja. Estos servicios permiten agilizar y simplificar el proceso, evitando desplazamientos y trámites adicionales.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en La Rioja
En esta sección abordaremos algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con el impuesto de sucesiones en La Rioja. A continuación, encontrarás respuestas claras y concisas a cuestiones comunes que pueden surgir al tratar este tema.
¿Cuándo se debe pagar el impuesto?
El impuesto de sucesiones en La Rioja debe pagarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento de la persona que deja la herencia.
Si se trata de una donación, el pago debe realizarse en el plazo de un mes desde que se formaliza la donación. Es importante cumplir con estos plazos a fin de evitar posibles sanciones o intereses de demora.
¿Es posible aplazar el pago del impuesto?
Sí, es posible solicitar un aplazamiento del pago del impuesto de sucesiones en La Rioja. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este aplazamiento estará sujeto a la aprobación de la administración fiscal y puede estar sujeto al pago de intereses de demora. Se recomienda consultar con un asesor fiscal o abogado especializado para evaluar las opciones y requisitos en cada caso concreto.
¿Qué ocurre si no se presenta el impuesto?
Si no se presenta el impuesto de sucesiones en La Rioja dentro de los plazos establecidos, se pueden aplicar sanciones y recargos por parte de la administración fiscal. Estas sanciones pueden variar según el grado de incumplimiento y la normativa vigente en cada momento. Además, la falta de presentación del impuesto puede generar problemas legales y dificultar la gestión y distribución de los bienes heredados o donados.
¿Es posible renunciar a una herencia ya aceptada en La Rioja?
Una pregunta frecuente que nos hacen nuestros clientes es si es posible renunciar a una herencia ya aceptada. La respuesta es que sí, pero con ciertas condiciones y consecuencias.
La renuncia a una herencia ya aceptada se llama repudiación de la herencia, y es un acto jurídico por el que el heredero manifiesta su voluntad de no querer ser heredero, renunciando a todos los derechos y obligaciones que le corresponden por la herencia. La repudiación de la herencia debe hacerse mediante escritura pública ante notario, y tiene efectos retroactivos, es decir, se considera que el heredero nunca ha sido tal.
¿Cómo puedo obtener más información sobre el impuesto de sucesiones en La Rioja?
Para obtener más información sobre el impuesto de sucesiones en La Rioja, puedes consultar la web oficial de la Administración Tributaria de La Rioja o ponerte en contacto con un experto en la materia.
En Cervera Peláez Abogados somos expertos en herencias y testamentos. Si tienes alguna duda sobre el impuesto de sucesiones en La Rioja, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de atenderte y de ofrecerte la mejor solución para tu caso.