Cervera Peláez-Campomanes Abogados

Blog

Guía sobre el impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana

El Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana es un tributo que se aplica cuando una persona fallece y sus bienes y derechos son transmitidos a sus herederos o legatarios. 

Al igual que en otras partes de España, este gravamen tiene aquí sus propias particularidades y tasas, lo que puede hacerlo un tema complejo de comprender. En esta guía, te ayudaremos a entender en qué consiste este impuesto, las exenciones y bonificaciones disponibles, cómo se calcula y todo lo que necesitas saber.

Quédate con Cervera y Peláez Abogados, tus abogados expertos en herencias y testamentos. Te explicaremos detalladamente que debes hacer si has recibido una herencia o una donación en vida. 

¿En qué consiste el Impuesto de Sucesiones?

Se trata de un tributo que grava las adquisiciones mortis causa, es decir, las herencias y legados. Cuando una persona fallece y deja bienes y derechos que deben pasar a sus herederos, estos deben liquidar este gravamen. 

La base imponible se determina en función del valor de los bienes heredados y de la relación de parentesco entre el fallecido y los herederos.

El Impuesto de Herencia en la Comunidad Valenciana se rige por la Ley 13/1997 de 23 de diciembre, y su regulación específica se encuentra en el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de diciembre. Las tasas impositivas varían según el valor y el grado de parentesco, lo que significa que no todos los herederos pagan el mismo importe.

¿Cuándo se liquida el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana?

  1. Herencias:
    • Debes presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si el fallecido había residido en la Comunidad Valenciana durante la mayoría de los últimos 5 años previos a su deceso.
    • En caso de que el sujeto pasivo y/o fallecido no sean residentes en España, la presentación se efectúa en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
  2. Donaciones:
    • Si recibes una donación, como dinero (bien mueble), y resides en la Comunidad Valenciana durante la mayoría de los últimos cinco años, debes tributar en esta comunidad.
    • Si la donación incluye un bien inmueble, como una propiedad, deberás tributar en la Comunidad Valenciana, independientemente de tu lugar de residencia, siempre que esté en territorio español.

Aspectos clave del Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana

Para comprender mejor cómo funciona herencia, es importante tener en cuenta algunos datos clave, así como contar con el apoyo de un despacho de abogados:

Tasas impositivas

  • Grupo I (hijos y descendientes menores de 21 años): Hasta 100.000 euros, el tipo impositivo es del 1%. A partir de 100.000 euros, el tipo aumenta progresivamente.
  • Grupo II (hijos y descendientes de 21 a 65 años): Hasta 100.000 euros, el tipo impositivo es del 5,75%. A partir de 100.000 euros, el tipo aumenta progresivamente.
  • Grupo III (hijos y descendientes mayores de 65 años, cónyuges, padres y abuelos): Hasta 100.000 euros, el tipo impositivo es del 7,75%. A partir de 100.000 euros, el tipo aumenta progresivamente.
  • Grupo IV (hermanos, sobrinos, tíos y demás parientes hasta el cuarto grado): Hasta 100.000 euros, el tipo impositivo es del 9.75%. A partir de 100.000 euros, el tipo aumenta progresivamente.
  • Grupo V (personas no emparentadas): Hasta 100.000 euros, el tipo impositivo es del 11,75%. A partir de 100.000 euros, el tipo aumenta progresivamente.

Bonificaciones y reducciones

En la Comunidad Valenciana, existen una serie de bonificaciones y reducciones que pueden aplicarse al Impuesto de Sucesiones. Estas son las bonificaciones que contempla la ley: 

  1. Bonificación por el grado de parentesco:
    • A los descendientes menores de 21 años se les aplica una bonificación del 75% de la cuota tributaria.
    • Para descendientes mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes, la bonificación es del 50%.
  2. Bonificación por discapacidad:
    • Si el heredero o legatario tiene una discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65%, o una discapacidad psíquica con un grado igual o superior al 33%, se aplica una bonificación del 75%. Esta bonificación excluye la bonificación por grado de parentesco.
  3. Bonificación por adquisición en procesos de reestructuración parcelaria pública y privada:
    • Se concede una bonificación del 99% en la cuota del Impuesto de Sucesiones en casos de fallecimientos ocurridos desde el 7 de marzo de 2019 en procesos de reestructuración parcelaria previstos en la Ley 5/2019.

En cuanto a las reducciones, algunas de ellas incluyen:

  1. Reducción por el grado de parentesco:
    • Grupo I: Para descendientes y adoptados menores de 21 años, la reducción es de 100.000 euros. Se aplicarán 8.000 euros adicionales por cada año por debajo de 21 que tenga el heredero, con un límite de hasta 156.000 euros.
    • Grupo II: Si se trata de descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuge o pareja de hecho, ascendientes y adoptantes, la reducción es de 100.000 euros.
  2. Reducción por discapacidad:
    • La cuantía de la reducción varía según el grado de minusvalía:
      • Para discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 33%, se aplica una reducción de 120.000 euros.
      • Si la discapacidad es psíquica, con grado igual o superior al 33%, o si se trata de una discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65%, la reducción es de 240,000 euros.
  3. Reducción por adquisición de la vivienda habitual:
    • Se puede aplicar una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto, con un límite de 150.000 euros. Eso, siempre que se mantenga durante los 5 años posteriores al fallecimiento, a menos que el adquirente fallezca en ese período.
    • Esta reducción se aplica cuando los herederos o legatarios son:
      • El cónyuge. 
      • Ascendientes o descendientes. 
      • Parientes colaterales mayores de 75 años que hayan convivido con el fallecido durante los 2 años previos a su deceso.
  4. Reducción del 99% por transmisión de empresas agrícolas y familiares:
    • Se aplica una reducción del 99% en el Impuesto de Sucesiones para la transmisión de empresas individuales agrícolas, negocios familiares y participaciones en ciertas entidades.
    • Los beneficiarios deben ser cónyuges, descendientes, adoptados, ascendientes, adoptantes o parientes colaterales hasta el tercer grado del fallecido. Además, deben cumplir ciertos requisitos.
  5. Reducción por transmisión del patrimonio histórico artístico:
    • Esta reducción se aplica cuando los bienes se ceden para su exposición bajo ciertas condiciones y varía según el período de cesión.
  6. Reducción por adquisición de explotaciones agrarias y fincas rústicas en la Comunidad Valenciana:
    • Se aplican reducciones del 99% en el valor de estas adquisiciones para beneficiarios hasta el tercer grado de parentesco colateral. Además, el beneficiario debe ser un agricultor profesional y mantener la explotación durante 5 años.

Ejemplos del cálculo del Impuesto de Sucesiones

Para comprender mejor cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones, veamos algunos ejemplos:

Ejemplo 1

Un hijo hereda una vivienda valorada en 200.000 euros de su madre. En este caso, el hijo pertenece al Grupo II (hijo de 21 a 65 años).

  • Base imponible: 200.000 euros.
  • Tasa impositiva: 5.750% (Grupo II).
  • Impuesto a pagar: 11,500 euros.

Ejemplo 2

Un sobrino hereda una colección de arte valorada en 50.000 euros de su tío. El sobrino pertenece al Grupo IV (hermanos, sobrinos, tíos y demás parientes hasta el cuarto grado).

  • Base imponible: 50,000 euros
  • Tasa impositiva: 9.750% (Grupo IV)
  • Impuesto a pagar: 4,875 euros

Estos ejemplos ilustran cómo se calcula el gravamen en función del valor de la herencia y el grupo de parentesco al que pertenece el heredero. No olvides que en los casos familiares se pueden aplicar distintas variantes, desde un caso de partición de herencia entre hermanos hasta uno de partición entre cónyuge e hijos. 

¿Es posible desheredar a un hijo en la Comunidad Valenciana?

En ocasiones, surgen situaciones en las que una persona considera la posibilidad de desheredar a uno de sus hijos. Es importante destacar que la legislación española protege los derechos de los hijos y establece limitaciones para desheredar. 

Para desheredar a un hijo en la Comunidad Valenciana se deben cumplir ciertos requisitos legales. Por ejemplo, demostrar que el hijo ha incurrido en alguna de las causas de desheredación establecidas por la ley. Estas causas pueden incluir maltrato, abandono, o negativa injustificada a proporcionar alimentos o cuidado a los padres.

Es fundamental buscar asesoramiento legal en estos casos, ya que desheredar a un hijo es un proceso complejo y sujeto a escrutinio legal.

¿Quién hereda a un soltero sin hijos?

Si te preguntas quién hereda a un soltero sin hijos, te adelantamos que la herencia se distribuye siguiendo un orden establecido por la ley. Los herederos se determinan de la siguiente manera:

  • Padres y abuelos: En primer lugar, heredan los padres del fallecido. Si no hay padres, heredan los abuelos.
  • Hermanos y sobrinos: Si no existen padres ni abuelos, la herencia pasa a los hermanos del fallecido y, en caso de fallecimiento de un hermano, a sus sobrinos.
  • Otros parientes: En ausencia de los anteriores, la herencia pasa a otros parientes hasta el cuarto grado.
  • Administración pública: Si no se encuentran herederos dentro de los parientes anteriores, la herencia revierte a la Administración pública. 

Impuesto de Sucesiones en La Comunidad Valenciana: Consejos y recomendaciones

A la hora de lidiar con el Impuesto de Herencia en Valencia, es importante seguir algunos consejos y recomendaciones clave:

  • Planificación previa: Anticiparse a la herencia y entender las implicaciones fiscales puede ayudarte a tomar mejores decisiones.
  • Exenciones y bonificaciones: Investiga todas las exenciones y bonificaciones disponibles en tu caso. Un asesor legal puede ser de gran ayuda en este proceso.
  • Asesoramiento profesional: Este proceso puede ser complejo y variar según las circunstancias. Por eso, debes considerar la posibilidad de contar con el apoyo de un abogado especializado en herencias y testamentos. 
  • Documentación completa: Asegúrate de contar con toda la documentación necesaria para la liquidación, incluyendo la tasación de los bienes heredados.
  • Plazos legales: Cumple con los plazos legales para presentar la declaración y pagar el impuesto. Retrasarse en este proceso puede resultar en sanciones y recargos.
  • Revisión periódica: Las leyes fiscales pueden cambiar, por lo que es importante estar al tanto de las actualizaciones y revisar tu planificación fiscal de manera regular.
  • Divulgación de bienes: No olvides incluir todos los bienes y derechos heredados en la declaración. La ocultación de bienes puede llevar a problemas legales y sanciones.

Por último, cabe mencionar que la asesoría legal en cuestiones de Impuesto de herencia puede ofrecer varias ventajas significativas. Los abogados expertos en herencias y testamentos pueden:

  • Ayudarte a identificar y aplicar las exenciones y bonificaciones disponibles.
  • Asistirte en la correcta valoración de los bienes heredados.
  • Asegurarse de que cumples con los plazos y requisitos legales.
  • Representarte en casos de desacuerdo con la Administración Tributaria.
  • Proporcionarte orientación sobre cómo planificar tu herencia para minimizar la carga fiscal.

Recuerda que cada situación es única. Siempre es aconsejable buscar asesoramiento legal personalizado para tomar las mejores decisiones en tu caso particular.

Comparte este artículo

Otros artículos que pueden interesarte

Otros artículos

Contacta con nosotros

¿Cómo podemos ayudarte?

Solicita información sin compromiso