Si has recibido una herencia o una donación en Cantabria, es posible que te preguntes cómo puede afectar el impuesto de sucesiones a tu patrimonio. El impuesto de herencia en Cantabria es un tributo que se aplica en esta comunidad Española, cuando se produce una transmisión de bienes por herencia.
Como abogados expertos en herencias y testamentos, te ofrecemos esta guía práctica con el fin de que conozcas los aspectos más relevantes del impuesto de sucesiones en Cantabria y cómo puedes ahorrar en su pago. Sigue leyendo y conoce cómo gestionar tu herencia en Cantabria de forma legal y eficiente.
Impuesto de sucesiones en Cantabria: definición y características
El impuesto de sucesiones, también conocido como impuesto de herencia, es un gravamen que se aplica sobre los bienes y derechos que son adquiridos por herencia. Su objetivo es obtener una parte de la riqueza transmitida y financiar los servicios públicos de la comunidad. Este tributo se calcula en función del valor de los bienes heredados y de la relación de parentesco entre el fallecido y los herederos.
Existen diferentes factores que influyen en el cálculo de este impuesto, como las reducciones y bonificaciones aplicables según el grado de parentesco, así como el patrimonio preexistente del heredero. Además, en Cantabria se han implementado medidas específicas que tienden a favorecer la adquisición de la vivienda habitual y otras reducciones en determinados casos especiales.
Legislación aplicable en Cantabria
El impuesto de sucesiones en Cantabria está regulado por la legislación autonómica, en particular por el Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio. Este establece las normas específicas para la liquidación y aplicación de este impuesto en la comunidad.
Es importante destacar que la legislación puede sufrir modificaciones a lo largo del tiempo, por lo que es fundamental contar con el asesoramiento de un despacho de abogados especialistas en sucesiones y herencias.
¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto de herencia en Cantabria?
Las personas obligadas a pagar el impuesto de sucesiones en Cantabria son:
- Los herederos y legatarios que reciban bienes o derechos por herencia, siempre que el causante (la persona fallecida) tuviera su residencia habitual en Cantabria o, en caso de no residentes en España, los bienes o derechos estuvieran situados en esta comunidad autónoma.
- Los donatarios que reciban bienes por donación y los beneficiarios de seguros de vida, siempre y cuando el fallecido tuviera su residencia habitual en la comunidad de Cantabria.
Paso a paso: cómo se calcula el impuesto de sucesiones en Cantabria
El cálculo del impuesto de sucesiones en Cantabria se realiza siguiendo estos pasos:
- Se determina el valor neto de la adquisición individual de cada heredero o legatario, que es el valor real de los bienes y derechos recibidos, menos las cargas, deudas y gastos deducibles.
- Se aplica una escala progresiva de gravamen sobre el valor neto de la adquisición, que va desde el 1% al 30% según el importe de la base liquidable.
- Se aplica un coeficiente multiplicador en función del grado de parentesco con el causante y del patrimonio preexistente del heredero o legatario, que puede oscilar entre 1 y 2,4.
- Se aplican las reducciones, bonificaciones y deducciones que correspondan según la normativa de Cantabria.
¿Qué reducciones, bonificaciones y deducciones hay en el impuesto de sucesiones en Cantabria?
En el impuesto de sucesiones en Cantabria existen una serie de beneficios fiscales que pueden reducir la cuota a pagar. Estos son los más destacados:
Reducción por parentesco
Se aplica una reducción de la base imponible según el grado de parentesco con el causante:
- En el caso de los cónyuges, ascendientes, descendientes y adoptantes o adoptados del causante, la reducción es de 50.000 €.
- Si el heredero o legatario tiene una discapacidad igual o superior al 33%. Esta reducción se amplía a 100.000 €
- En el caso de los colaterales de segundo grado (hermanos) se aplica una reducción de 8.000 €
- Para los de tercer grado (tíos y sobrinos)y de 4.000 €
Reducción por empresa familiar o participaciones en entidades
Para los cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado que adquieran la empresa familiar o las participaciones en entidades, se aplica una reducción del 95% de la base imponible. Sin embargo, si se quiere obtener esta reducción es necesario que:
- La actividad sea la principal fuente de renta del causante;
- Se mantenga la titularidad y el ejercicio de la actividad durante los cinco años siguientes al fallecimiento;
- Se tribute por el método de estimación directa en el IRPF.
Reducción por vivienda habitual
Se aplica una reducción del 95% de la base imponible a los cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado que adquieran la vivienda habitual del causante, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que su valor no supere los 300.000 €
- Que se mantenga la titularidad y el uso de la vivienda durante los cinco años siguientes al fallecimiento
- y que se tribute por el método de estimación directa en el IRPF.
Bonificación por parentesco
A los cónyuges, ascendientes, descendientes o adoptantes o adoptados del causante, se aplica una bonificación del 100% de la cuota tributaria, siempre que la base liquidable no supere los 50.000 €. Esta bonificación se extiende también a los hermanos del causante desde el 1 de enero de 2024.
Deducción por discapacidad
Si los herederos o legatarios tienen una discapacidad igual o superior al 33%, se aplica una deducción de la cuota tributaria de 10.000 €. Esta deducción se eleva a 20.000 € si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, y de 30.000 € si es igual o superior al 80%.
Procedimiento de presentación del impuesto sucesiones Cantabria
Es importante tener en cuenta que existen diferentes requisitos y plazos a la hora de presentar y liquidar el impuesto de sucesiones en Cantabria. Los herederos y demás obligados deben cumplir con estas obligaciones tributarias si quieren evitar posibles sanciones o recargos.
Requisitos y plazos para la presentación
Para presentar la declaración tributaria del impuesto sucesiones Cantabria, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT).
Los herederos, legatarios, propietarios o sus representantes son los responsables de presentar la declaración, la cual puede realizarse tanto en la ACAT como en las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario. Las oficinas están ubicadas en los Registros de la Propiedad, de acuerdo con la competencia territorial de la residencia habitual del fallecido.
En caso de que los herederos no residan en España, se recomienda consultar la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
El plazo para presentar los documentos o declaraciones del impuesto sucesiones es de seis meses a partir del día del fallecimiento del causante, aunque se puede solicitar una prórroga de otros seis meses.
Documentación necesaria
La documentación necesaria para la presentación del impuesto sucesiones Cantabria incluye las autoliquidaciones de los herederos. Estas autoliquidaciones se considerarán borradores hasta que se paguen o presenten formalmente y se pueden utilizar para calcular la cuota a ingresar.
Con el objetivo de facilitar el proceso de presentación, la ACAT pone a disposición de los contribuyentes los modelos 650 y 652 de autoliquidación, los cuales están disponibles en la Oficina Virtual de la ACAT.
Además de las autoliquidaciones, es necesario presentar la declaración tributaria en forma de escritura pública o documento privado. Esta declaración debe contener la siguiente información:
- NIF, nombre, apellidos, domicilio y fecha de nacimiento de los herederos o legatarios.
- Parentesco entre el fallecido y los herederos o legatarios.
- Lista de los bienes del fallecido con su valor individualizado.
- Cargas que pesen sobre los bienes mencionados.
- Gastos de entierro y última enfermedad, que deben ser declarados junto con sus facturas justificativas.
Es recomendable solicitar una cita previa en la ACAT, cumplimentando adecuadamente la declaración y presentar la documentación requerida.
Presentación telemática y medios disponibles
La presentación del impuesto sucesiones Cantabria se puede realizar de forma telemática a través de la plataforma habilitada por la ACAT. También es posible realizar la presentación presencialmente, acudiendo al Servicio de Tributos de la ACAT o a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.
En ambos casos, se deben presentar todos los documentos necesarios para la liquidación del impuesto, como el DNI y datos personales del heredero, relación de bienes con su valor individual, gastos de entierro y última enfermedad, declaración de herederos o legatarios, certificado de defunción, certificado de actos de últimas voluntades, copia del último testamento, y certificado de empadronamiento histórico del fallecido, entre otros.
¿Cómo puedo ahorrar en el impuesto de sucesiones en Cantabria?
Si quieres ahorrar en el impuesto de sucesiones en Cantabria, es conveniente planificar la sucesión con antelación y contar con el asesoramiento de un abogado especializado en herencias y testamentos. Algunas de las medidas que se pueden tomar son las siguientes:
Hacer testamento
El testamento es el instrumento legal que permite expresar la voluntad del causante sobre el destino de sus bienes y derechos tras su fallecimiento. Hacer testamento facilita el proceso sucesorio, evita conflictos entre los herederos y permite aprovechar las reducciones y bonificaciones fiscales que existen en Cantabria.
Donar en vida
La donación es una forma de transmitir bienes o derechos de forma gratuita e irrevocable a otra persona. Donar en vida puede ser una opción si deseas anticipar la sucesión y reducir el impuesto de sucesiones, ya que el impuesto de donaciones tiene una bonificación del 99% en Cantabria para los cónyuges, ascendientes, descendientes o adoptantes o adoptados del donante.
Eso sí, hay que tener en cuenta que la donación puede tener otras implicaciones fiscales, como el impuesto de transmisiones patrimoniales, el IRPF o el impuesto de patrimonio, por lo que conviene estudiar cada caso con detalle. Además, la donación puede ser una forma de donar en vida para desheredar a un hijo, siempre que se respete la legítima y se cumplan los requisitos legales.
Renunciar a la herencia
La renuncia a la herencia es el acto por el que una persona llamada a heredar rechaza la totalidad de los bienes y derechos que le corresponden por sucesión. Renunciar a la herencia puede ser una forma de evitar el pago del impuesto de sucesiones, siempre que se haga de forma pura y simple, es decir, sin condiciones ni beneficios. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la renuncia es irrevocable y que implica perder todos los derechos sucesorios, por lo que hay que valorar bien las consecuencias antes de tomar esta decisión.
La renuncia a la herencia es el acto por el que una persona llamada a heredar rechaza la totalidad de los bienes y derechos que le corresponden por sucesión. Renunciar a la herencia puede ser una forma de evitar el pago del impuesto de sucesiones, siempre que se haga de forma pura y simple, es decir, sin condiciones ni beneficios.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la renuncia es irrevocable y que implica perder todos los derechos sucesorios, por lo que hay que valorar bien las consecuencias antes de tomar esta decisión. Por ejemplo, si renuncias a la herencia de tu padre, no podrás reclamar la partición de herencia entre hermanos.
¿Necesitas ayuda con el impuesto de sucesiones en Cantabria?
Si necesitas ayuda con el impuesto de sucesiones en Cantabria, en Cervera Peláez Abogados podemos asesorarte y acompañarte en todo el proceso. Somos un despacho de abogados con amplia trayectoria en el ámbito del derecho sucesorio y civil. Podemos ayudarte a resolver cualquier duda o problema que tengas con tu herencia, como la partición de herencia entre hermanos, la donación en vida para desheredar a un hijo o resolver quién hereda a un soltero sin hijos. Además, podemos ayudarte a optimizar el pago del impuesto de sucesiones y a beneficiarte de las ventajas fiscales que existen en Cantabria.
Recuerda que el impuesto de sucesiones en Cantabria puede ser una oportunidad si quieres ahorrar dinero y evitar problemas legales si se gestiona correctamente. Confía en Cervera Peláez Abogados, estamos para asesorarte.